miércoles, 17 de enero de 2007

El origen del Consejo Estatal Electoral de Sinaloa

Desde el siglo XIX y hasta 1968, los ayuntamientos sinaloenses habían sido los responsables de la organización, preparación y desarrollo de las elecciones en la entidad. La historia del Consejo Estatal Electoral (CEE) se remonta al año de 1992, cuando la organización de procesos de elección dejó de estar a cargo de las propias autoridades políticas; al pasar, formalmente, a manos de los ciudadanos.

Entre 1968 y 1992 la máxima autoridad electoral en Sinaloa era la Comisión Estatal Electoral, cuya integración sufrió varias modificaciones; pero, hasta 1985 fue presidida por el Secretario General de Gobierno. Además de ese funcionario y de un diputado designado por el Congreso, había tres Comisionados designados por los partidos políticos, de común acuerdo o en su defecto por determinación de los comisionados de los poderes ejecutivo y legislativo, un notario público de Culiacán fungía como Secretario. En 1974, el número de comisionados se incrementó para equipararse a la cantidad de partidos registrados. En 1979 se agregó como integrantes de la Comisión a un Secretario Técnico y al Director del Registro Estatal de Electores. A partir de 1985, la presidencia de la Comisión dejó de ser ejercida por el Secretario General de Gobierno; en su lugar, el Congreso designaba a un ciudadano de entre una terna propuesta por el ejecutivo.

El nacimiento del CEE, en 1992, se da en la ola nacional de la ciudadanización de los órganos de autoridad administrativa en esta materia. Factor que se tiene hoy como piedra angular de la configuración democrática de la institucionalidad electoral en México. La reforma legal de 1995, relacionada con el formato de selección de los integrantes del Consejo, contribuyó a reforzar ese carácter, al eliminar la intervención del Ejecutivo Estatal en el procedimiento respectivo.

Ese mismo año la normatividad estipuló que el CEE se convirtiera en una instancia permanente. Sin embargo, de esa fecha al 2000, esta característica se asumió en una forma muy restringida, contando apenas con lo mínimo necesario para cumplir con rigurosidad extrema las disposiciones legales derivadas de la permanencia. Con todo y eso la mayoría de los partidos políticos rindieron informes sobre sus gastos de campaña y ordinarios durante ese periodo; y, se concedió el registro a un partido político estatal. Lo cual evidencia que, aun en situación reducida, en la funcionalidad cotidiana de los hechos político-electorales, la presencia del organismo empezaba a trascender un poco más allá del mero texto de la ley.

La minimización burocrática, practicada en el CEE entre 1995 y 2000, quizás tenga su explicación en la propia normatividad; pues, a diferencia de lo establecido en el IFE, como garantía de permanencia, no contempló acá la profesionalización de su personal técnico. Ello propició que la interpretación de las disposiciones sobre la permanencia del CEE tuviera un marcado sesgo restrictivo en ese entonces.

Por lo demás, la capacidad organizativa desplegada en los procesos de 1995 y 1998 fue suficiente para que la sociedad, los partidos políticos y las autoridades conservaran la confianza en el desempeño adecuado de los ciudadanos a cargo del CEE. A ello contribuyeron, por una parte, los resultados de la elección de 1995. Los triunfos del PAN en los principales municipios de la entidad y del PRD en uno; así como el crecimiento de la oposición en el Congreso; recibidos con pasmo, pero sin reticencias por el PRI; aportaron, de principio, a la percepción de una normalidad democrática en proceso, un bono de alta credibilidad a favor de la labor del CEE ciudadanizado.

En 1998, el siguiente año electoral, el PRI se recuperó electoralmente, conquistó algunos ayuntamientos y distritos perdidos 3 años antes; la oposición triunfó en otros. En esa ocasión se suscitaron algunas controversias que azuzaron los resabios de la “cultura de la sospecha electoral” que, en 1995, los actores principales parecieron hacer a un lado. La magnificación del problema de las urnas cuyos votos no fueron contabilizados en Culiacán; el reclamo opositor, particularmente enfocado hacia la franca inequidad en que se desarrollaron las campañas de la elección de gobernador; y, la nula atención de la Presidencia del Consejo a un llamado para ampliar el número de plazas de personal del CEE al término del proceso, entre otras circunstancias motivaron la reposición, en el imaginario popular, de una tenue sombra de duda alrededor del funcionamiento de la autoridad administrativa.

Sin embargo, la resta, en el crédito obtenido en el primer proceso de su gestión, producto de las críticas asestadas en el segundo, no hizo mella en ningún aspecto de fondo en cuanto a la composición y orientación, legalmente establecidas, de dicha autoridad administrativa. Las propuestas de modificación a las reglas electorales, planteadas entre 1998 y 2001, no incluían cambios sensibles en lo relacionado con la estructura, facultades y obligaciones del CEE.
La renovación de integrantes del CEE en 2001 reiteró la vigencia del sentido de las reglas y las prácticas asumidas desde 1992. Así lo indica la unanimidad en la votación final en el Congreso del Estado, de la que se percibieron como criterios relevantes, para la adopción de la decisión, entre otros, el perfil netamente ciudadano y la acreditación de experiencia previa en tareas de organización electoral.

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